En relación a las amenazas de la salida de Venezuela de la OEA



Por: Roberto Hung Cavalieri/ @robertohungc (*)

La denuncia  es la posibilidad de un Estado parte  de retirarse de un tratado  internacional. Una vez que se denuncia ha de pasar un tiempo para que sea efectiva. Hay tratados de diversa índole unos si se pueden y otros  que por su naturaleza no. Ejemplo. Los de derechos humanos que son irrenunciables  y progresivos porque  crean derechos  de los ciudadanos  y no de los Estados. Luego viene el tema de la legitimación, quien puede denunciarlo, no puede  cualquier  funcionario, depende de cada ordenamiento. Nuestro  texto Constitucional eleva a ese rango los tratados  de integración regional y el sistema de la OEA es el mas representativo, por lo que cualquier actuación de este tipo afecta  la integridad del sistema constitucional y no puede un solo funcionario, o grupo de funcionarios, siquiera la Sala Constitucional hacer o permitir la denuncia ya que vaciaría aun más la Constitución  de su contenido. Veamos como un caso importante  en el que sale un Estado de un sistema de integración  regional, en este caso de contenido principalmente económico como lo es la Unión  Europea, el Reino Unido tuvo que ir a referéndum y no puede nunca un funcionario caprichosamente activar una denuncia como tal. Puede concluirse que en modo alguno es valida la denuncia del sistema de la OEA, por la naturaleza del sistema, por limitación constitucional y por ilegitimidad de los funcionarios. Aceptar que ello es posible incluso señalando que sólo  sería efectiva pasados 2 años, es muestra de gran desconocimiento sobre la materia equiparable al de quienes  sostienen la posibilidad de tal denuncia.
Roberto Hung Cavalieri


* Abogado de la Universidad Católica Andrés Bello. 1995. Caracas. Venezuela. Maestría en Derecho Económico Europeo. Université de Droit, d’Economie et des Sciences D’Aix-Marseille. 2001. Aix-en-Provence. Francia. Especialista en Derecho Procesal Constitucional. Universidad Monteávila. 2014. Caracas. Venezuela. Maestrando en Derecho Procesal Constitucional. Universidad Nacional Lomas de Zamora. 2015. Provincia de Buenos Aires. Argentina. En elaboración de tesis de grado. Profesor de la Universidad Católica Andrés Bello, Universidad Central de Venezuela y Universidad Monteávila. rhungc@gmail.com

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